jueves, 14 de agosto de 2008

anticoncepción hormonal de emergencia

Opinión

No interrumpe ni modifica un embarazo

Ricardo Rizzi
Director de la Maestría en Salud Sexual y Reproductiva (Facultad de Ciencias Médicas, UNC)

La anticoncepción hormonal de emergencia es una práctica que se inició en la década de 1960 con píldoras dotadas de elevadas dosis de estrógenos. Y, a partir de 1974, con la combinación de cantidades altas de anticonceptivos combinados con las dos hormonas femeninas –estrógenos y progesterona– conocido como método de Yuspe. Poco tiempo después se introdujo la utilización exclusiva de la hormona levonorgestrel, un derivado de la progesterona, como única droga por vía oral.

La anticoncepción de emergencia con esta hormona ha sido aprobada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y por la Food and Drug Administration (FDA) de los EE. UU.

El método también llamado “píldora del día después” o “píldora poscoital”, previene 85 por ciento de embarazos probables, lo que contrasta con la eficacia de la anticoncepción clásica continua que previene 99 por ciento de los embarazos durante el período de un año.

Su mecanismo de acción está relacionado con el ciclo fértil de la mujer. Si la toma ocurre hasta cinco días antes de que se produzca la ovulación, la píldora interfiere con el transporte y la vitalidad del espermatozoide, por alteración del moco cervical, y también impide la liberación del óvulo, anulando la ovulación, previniendo de esa manera el encuentro de óvulo y espermatozoide.

No produce ningún tipo de trastorno en el endometrio, como fue demostrado en estudios realizados en monas y ratas, en los que el levonorgestrel no impidió la nidación o implantación; y por biopsias endometriales en mujeres consumidoras de levonorgestrel, en los que se demostró que no hay interferencia con el desarrollo progestacional del endometrio, condición imprescindible para que el óvulo fecundado anide en el útero.

Todo ello descalifica la teoría de quienes le atribuyen a la anticoncepción de emergencia capacidad abortiva. Tampoco interrumpe un embarazo ya producido, ni lo modifica.

Un derecho. Como su nombre lo indica, solamente debe usarse en situaciones de emergencia, cuando se ha tenido una relación sexual sin protección anticonceptiva, cuando ha existido rotura del condón, o en casos de violación. El conocimiento de su existencia y la entrega del medicamento deben estar al alcance de todas las mujeres y hombres en edad fértil de la Argentina, ya que es un derecho para su salud sexual y reproductiva.

Finalmente, es una herramienta más para la disminución del aborto provocado, verdadero flagelo que afecta a una enorme cantidad de mujeres argentinas.

No hay comentarios: